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  Estamos cerrando el año y nos encontramos peleando en diferentes frentes nacionales y provinciales, especialmente, por la reapertura de la Paritaria Nacional en la lucha que mantiene CTERA desde principios de este año, pero también en el plano provincial.

Hace menos de una semana elevamos una nota a la Ministra de Educación de la provincia exigiendo respuestas a distintos temas que afectan a nuetrxs compañerxs en las escuelas, pero también al sistema educativo mismo. La escuela pública y el proyecto de escuela que defendemos necesariamente demanda inversión y discusión con lxs Trabajadorxs, dos elementos inherentes a la construcción de una educación de calidad e inclusiva.

A continuación detallamos cada pedido puntual pero queremos antes destacar que esto no ocurre aisladamente del contexto que atravesamos los argentinxs y obviamente lxs pampeanxs. Hay un Proyecto de claro desfinanciamiento de la Escuela Pública, quita de derechos a lxs Trabajadorxs, silenciamiento de los reclamos, etc., que algunas autoridades provinciales de alto rango denuncian públicamente pero que a la hora de votar en el Congreso, desconocen o votan a espaldas del pueblo trabajador.

Creemos que votar el Pacto fiscal por parte de las autoridades provinciales va agravar el desfinanciamiento de La Pampa y esto implica necesariamente, menores recursos para el sector público.

Ante este contexto detallamos lo que venimos denunciando a lo largo del año:
  • Cargo de Asesor pedagógico: a partir de la definición unilateral del horario de cumplimiento del mismo, resulta incompatible con el nomenclador que poseen. En la práctica esto se ve reflejado principalmente en los movimientos del art. 70°, cuando se presentan aspirantes a titularizar y los cargos son ocupados por habilitantes con capacitación docente y no con los perfiles específicos – títulos docentes – ya que a estos últimos les conviene mantener las hs cátedra. Esta problemática atenta con la calidad educativa en un cargo trascendental en las instituciones escolares ya que deben trabajar con grupos de alumnos y docentes acordes a la localización y características de cada escuela.

  • Cargo de Actividades Prácticas: Este año, por decisión de la Dirección de Educación Primaria, se publicaron vacantes en distintas localidades para Traslados definitivos. Si bien este es un derecho otorgado por el Estatuto ha provocado un desplazamiento de quienes ocupaban esos interinatos desde hace años y que no podrían ejercer el derecho de interinos desplazados ya que ese cargo ya no forma parte de la curricula y es muy escasa la posibilidad de suplencias anuales. Sumado a esto, en General Pico, desconocemos si hay otros casos, se va a estructurar un cargo de una docente que además no posee título docente y no podría aunque quisiera utilizar el derecho de interina desplazada. En diversos momentos y ante reformas educativas, hemos podido sostener en el tiempo cargos o espacios curriculares que, aunque no formaran parte del plan de estudios, no podían producir un perjuicio laboral como sucede en este caso y como ejemplo citaremos los Espacios de Opción Institucional del 3° ciclo que fueron perdiéndose en el tiempo a medida que se jubilaban o renunciaban pero no por otros movimientos.

  • Aplicación del inciso f) del Estatuto: Si bien la normativa es contradictoria en su aplicación, es necesario rever la misma ya que en el interior de la provincia, la realidad es que varios cargos en primaria –relacionados con las especialidades – y en secundaria con algunos espacios curriculares, resulta difícil que los títulos docentes acepten titularizar cuando no viven en las localidades donde se publican las vacantes, hoy resulta muy oneroso el traslado y además porque las posibilidades laborales son pocas al ser escuelas pequeñas y con escasa oferta de puestos de trabajo. Por lo tanto resulta comprensible seguir aplicando la posibilidad de que otros títulos puedan titularizar, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos.

  • Cambios de horarios de Maestros de Especialidad: Continuamos con los reclamos sobre los cambios que se pretenden con relación al cumplimiento de estos cargos. No podemos suponer que cualquier modificación que se quiera hacer, con el argumento de regular las distintas situaciones que a lo largo de los años se produjeron y aceptaron por personal docente, se puedan resolver de un día para el otro provocando perjuicios laborales, se necesita un consenso y análisis individual de manera de no perjudicar a cada trabajador. No es este el momento de obligar a renunciar a las incompatibilidades si ello conlleva perdidas laborales.

  • Cargo de Referente de Tecnologías digitales: Una medida positiva, la creación de estos cargos, no cumplió con la expectativa que se tenía: el nomenclador y las funciones fijadas, fueron negativas al momento de la toma de dichos cargos, por exceso de carga horaria, alternados, etc.

  • Creación de un cargo de Apoyo a la inclusión: En el presupuesto 2018 figura la creación de esta cargo: que nomenclador, funciones, carga horaria va a tener? Desconocemos estos datos y nuestro temor es que suceda lo relatado en los puntos anteriores con aquellos puestos de trabajo en los que se define sin el consenso en paritaria.

  • Resolución 952/17: Habiendo tomado conocimiento del dictado de esta Resolución, expresamos que: la Resolución 257/15 del CONSEJO FEDERAL, resolvió el reconocimiento y valoración del Programa “Nuestra Escuela” cuyo correlato en la provincia fue el Acuerdo Paritario 100. Desconocemos el motivo por el cual dicha resolución modifica lo establecido en el acuerdo paritario en tanto deja de ser el título docente de base el que referencia el puntaje asignado tanto para el componente I como para el II. Cuál es la normativa que habilitó esta determinación? Se puede dictar una Resolución modificando un acuerdo paritario?

  • Implementación de Escuelas i: Oportunamente hemos expresado nuestra opinión sobre este formato de Escuelas, en estos días nos han comunicado que se están cerrando cargos en el interior de la provincia con el fin de organizar dichas escuelas, es el caso de la Escuela de OJEDA, que pierde 2 cargos de Maestra de Grado y los mismos son reubicados en Pico con la consecuente pérdida del puesto de trabajo de las docentes que allí se desempeñaban por un lado y de la disminución del equipo que formaba parte de esa escuela.

  • Incumbencia de los Ciclos de Complementación Curricular. Como formaciones que dependen de la jurisdicción, por ejemplo el profesorado de Colonia Barón, los del INFOD, Trayecto de Fortalecimiento.


 
 
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