Inscripciones anuales para el Ciclo Lectivo 2020
Por UTELPa
Foto: UTELPa
El próximo 20 de mayo se abre un nuevo período de inscripción para cubrir cargos y horas cátedra durante el ciclo lectivo 2020.
El cronograma dispuesto por el Ministerio es el siguiente:
LETRAS | 1ª FECHA | 2ª FECHA |
A-B-C-CH-D | 20/05/19 | 05/06/19 |
E-F | 21/05/19 | 06/06/19 |
G-H-I | 22/05/19 | 07/06/19 |
J-K-L-LL-M | 23/05/19 | 10/06/19 |
N-N-O-P-Q | 24/05/19 | 11/06/19 |
TODAS LAS LETRAS | 27/05/19 al 31/05/19 | ---------------- |
R-S-T-U | 03/06/19 | 12/06/19 |
V-W X-Y-Z | 04/06/19 | 13/06/19 |
TODAS LAS LETRAS | -------- | 14/06/19 |
Que debo tener en cuenta:
PARA ABRIR LEGAJO
- Fotocopia AUTENTICADA del Documento Nacional de Identidad con domicilio actualizado autenticada.
- Fotocopia AUTENTICADA de Títulos legalizados en el Ministerio del Interior de Bs As (consultar en Títulos si hace falta) y registrados en el Registro de Títulos de la Provincia de La Pampa. (para el registro enviar a Alem 251 Departamento de Títulos: Titulo Original, Fotocopia del Título, fotocopia DNI y Constancia de CUIL, demora 7 días hábiles)
Las fotocopias deberán ser autenticadas por autoridad competente (policía, juez de paz o escribano público). DOS CARPETAS: una de cartulina con nepaco y una carpeta colgante, ambas de tamaño oficio.
PARA QUIEN TIENE LEGAJO:
En original o copia autenticada por autoridad competente: Policía, Juez de Paz, Escribano.
- Servicios como trabajador de la educación en cualquier nivel; (A partir del período de inscripción 2018, los docentes no deberán presentar las certificaciones de servicios prestados en instituciones oficiales (público o privado subvencionados) de la provincia. Cada docente deberá verificar a través de la escuela (vía SAGE), los servicios prestados a partir del 01/06/2016, ya que estos serán valorados en el Tribunal de Clasificación de Inicial, Primario y/o Secundario. En el caso de detectar errores u omisiones la institución deberá tramitar la corrección correspondiente. Aquellos docentes que no hubieran presentado servicios anteriores al 1/6/2016 podrán hacerlo en formato papel.
- Estudios Parciales (con certificado analítico de materias aprobadas y plan de estudios).
- Capacitaciones Docentes.
Otra documentación valorable, Presentar copia y su original para que este Tribunal autentique las mismas.
Post-grados, Post-Títulos, Cursos; Congresos, Seminarios, Jornadas, etc.; Dictado de Cursos; Concursos ganados y participación en jurados; Publicación de artículos y libros; Campamentos y competencias; Exposiciones; Composición de obras musicales; Dirección de coros y orquestas; Becas; Premios; Trabajos artísticos plásticos; Trabajos de investigación; Actuaciones públicas en conciertos o recitales.
PERFECCIONAMIENTO DOCENTE
- Se valora hasta 2 puntos oficial por año, pudiendo ser 1,50 Oficial, 0,50 Privado (el excedente no se computa al año siguiente). - Para verificar los puntajes respectivos de los cursos consultar ART.Nº14 del Estatuto del trabajador de la Educación Ley Nº1124 y sus modificatorias.
OFICIAL: todas las capacitaciones organizadas, avaladas y aprobadas por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nacional o provinciales, Universidades y Gremios con personería gremial, los que deben estar avalados y firmados por autoridad educativa competente. PRIVADO: Instituciones o asociaciones privadas avalados por el Ministerio de Cultura y Educación de cada jurisdicción. Para que sean valorados los certificados de asistencia o aprobación de Cursos, Seminarios, Congresos y otras acciones de perfeccionamiento deberán acreditar:
- Número de horas o días de duración.
- Estar expedidos o avalados (no auspiciados) por autoridad educativa competente nacional o provincial, y corresponder al Nivel en el que se inscriben.
Repetir Inscripción: Si el docente quiere inscribirse en los mismos cargos, espacios curriculares y localidad que en la inscripción del año anterior, cuando se presente en el tribunal formalizar la inscripción deberá indicar que quiere Repetir la Inscripción.
NIVEL INICIAL Y PRIMARIO
Reingresos, Concentración de Tareas, Acumulación de Cargos, Ingreso/Nuevo Ingreso a la docencia (establecidos en el artículo 70 de la Ley N° 1124 y sus modificatorias), Interinatos y Suplencias y Doble Turno (Escuelas Comunes, de Jornada Completa, Hogar, Escuelas Especiales, Centro de Apoyo Escolar y de Adultos) para el Ciclo Lectivo 2020.
- PLANILLA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS
- PLANILLA DE DOBLE TURNO: se deberán inscribir aquellos aspirantes que al momento de la inscripción, se encuentren desempeñando cargo público electivo o no, administrativo o docente titular en el ámbito oficial o privado o posea monotributo. Si posee más de 9 hs. Cátedras Titulares.
- PLANILLA DE ACUMULACIÓN: titulares con10 años de antigüedad en la docencia (Título docente y/o Hab. con Cap. Docente).
- PLANILLA DE CONCENTRACIÓN DE TAREAS: 2 cargos titulares con antigüedad de más de 2 años de titularizado, en la misma localidad.
- PLANILLA DE NUEVO INGRESO: titulares que quieran optar
Se incorporan los Cargos de DOCENTE DE APOYO A LA INCLUSION en sus 6 especialidades.
NIVEL SECUNDARIO
Concentración de Tareas, Acrecentamiento de clases semanales y acumulación de cargos, Ingreso/Completamiento de Ingreso (establecidos en el artículo 70 de la Ley N°1124 y sus modificatorias), e Interinatos y Suplencias (incluye Modalidades de Educación: Técnico Profesional, Artística, Rural y Permanente de Jóvenes y Adultos), para el Ciclo Lectivo 2020.
- 1 sola Planilla de Inscripción
Todas las inscripciones se efectuarán en las sedes de los Tribunales de Clasificación (Leandro N. Alem N° 251 de Santa Rosa), Colegios Cabecera, Centros de Designaciones y Coordinaciones de Área de la Provincia.
COMPLETAR CON LETRA IMPRENTA Y CLARA (o computadora)
- Lugar dónde se inscribe
- Datos personales: documento, dirección, teléfono, CUIL, mail.
- Espacios, Cargos y Modalidades: uno por renglón y como máximo hasta 3 localidades.
- Documentación detallada en el espacio reservado a ese fin. Firma y aclaración del docente y el responsable de la inscripción.
- REVISAR el comprobante de inscripción ya que debe coincidir con todo lo escrito en la planilla.
RECORDAR: Los datos consignados por el aspirante al formalizar su inscripción tendrán el carácter de Declaración Jurada. ART. Nº9 (Dec. Reg. Nº1598/89)
PROFESORADO INCONCLUSO
(Acuerdo Paritario Nº 80) Carrera cursada en Instituto de Profesorado o Universidad con no menos del 75% de las asignaturas aprobadas, incluido igual porcentaje de las pedagógicas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Título Secundario Registrado (Fotocopia autenticada)
- Plan de Estudio de la Carrera. (Fotocopia)
- Analítico de las materias aprobadas (Generales y Pedagógicas) (Original o Fotocopia autenticada).
¿Con el 75% en qué cargos se pueden escribir?
Sólo en los cargos donde su título es DOCENTE.